Detección de fondos provenientes de la minería ilegal

Detección de fondos provenientes de la minería ilegal

Dentro del territorio peruano y boliviano, la bonanza de la exportación de oro a partir del año 20031 no solo atrajo a la gran inversión minera, sino que también originó el incremento de una minería ilegal que años anteriores era incipiente. Adicionalmente se produjo una vinculación entre dos grupos: los mineros legales y los ilegales, que no es fácil detectar porque en el camino intervienen empresas medianas de procesamiento y comercialización de minerales2 que evitan la detección de fondos ilegales que se movilizan a través de las cuentas bancarias de grandes empresas mineras legalmente constituidas. Vale recalcar que se disfraza la cadena de pagos y por ende las entidades supervisoras no lo detectan.

El minero ilegal utiliza insumos prohibidos por la legislación, ya que afectan el medio ambiente, y ejecuta su actividad dentro de un territorio no autorizado. En cambio, el minero informal no afecta el medio ambiente y ejecuta su actividad dentro de un territorio autorizado, pero no está registrado por la autoridad competente y se desconoce su capacidad real de producción. Es por ello que las autoridades buscan la manera que mineros «informales» se hagan visibles y se distingan de los «ilegales». De esta manera sería más fácil detectar la magnitud de los fondos que movilizan los mineros ilegales. La legislación peruana define como «ilegal» aquella actividad que se ejecuta dentro de un «área prohibida» señalada por la propia norma, porque causaría daño ecológico. Por lo tanto, se considera «informal», aquella que aún no está registrada ante la autoridad respectiva, o que se está llevando a cabo un proceso administrativo de su reconocimiento como tal, pero dentro de un área permitida.3

Lo que está pasando

Cuando ejecutamos un análisis reforzado los procesos de conozca a su cliente a una empresa minera, normalmente se tiene conocimiento de la relación de sus proveedores y clientes;4 considerando como proveedores a las empresas medianas que los abastecen del mineral ya que por lo general desempeñan un papel de acopiadores a gran escala. Es decir, son empresas que se encargan de obtener el mineral extraído por los pequeños mineros, que pueden ser de cualquier tipo (legales, informales o ilegales). Es común ver en la ciudad de Puerto Maldonado, Perú, la existencia de muchísimas «casas de compra de oro» que funcionan bajo nula o escasa regulación y donde no se identifica a las personas físicas que venden las pepas de oro, y a quienes se les paga con dinero en efectivo en ese mismo instante. Hay que recordar que el nivel de bancarización en Perú es muy bajo,5 a pesar de que existe la ley de Bancarización N° 30730.6

Sin embargo, cuando se produce la exportación del mineral, en contraprestación llegan los fondos del exterior a través del sistema de La Sociedad para las Telecomunicaciones Financieras Interbancarias Mundiales (SWIFT, por sus siglas en inglés), a una cuenta bancaria de la empresa minera, que es formal, pero de inmediato lo distribuye mediante el giro de un gran número de cheques a nombre de personas físicas que muchas veces no figuran en los registros oficiales; como mineros auríferos (extractores, comercializadores) o que se dedican a actividades económicas que no guardan relación alguna con la actividad minera. Además, los importes de los cheques son muy bajos, lo que presume que se trata de comerciantes de muy pequeña escala. Con esto se pone de manifiesto que sus contrapartes no son necesariamente los mismos que declararon sus proveedores. Para identificar si se trata de personas dedicadas a la minera formal, se deben revisar las páginas web del Ministerio respectivo y validar su inscripción. En caso de que no lo estuviera, se debe solicitar alguna evidencia documentaría que indique que se encuentra en el proceso de formalización.

Caso de estudio

Una empresa minera exportadora de oro giraba los cheques a nombre de los empleados de una empresa de transporte interprovincial de pasajeros, cuya sede estaba en Puno, una región que está cerca de una zona donde se ejerce la minera ilegal en el Perú.7 Esto originó que se investigara los motivos de aquella cadena de pagos. Al aplicarse procesos de conozca a su cliente se descubrió que la empresa había otorgado préstamos a la empresa minera, que ahora se los devolvía. Sin embargo, esto no resultaba creíble porque no existían documentos que evidenciaran dicho préstamo y los empleados, a cuyos nombres se giraban los cheques, no tenían cargos importantes en la empresa. Asimismo se confirmó que el nivel promedio de los ingresos declarados por la empresa de transportes ante la Administración Tributaria era menor al importe acumulado de los cheques girados en un mismo lapso. Era presumible que se estaba entregando el dinero a personas que por algún motivo no querían mostrarse, quizá para no dejar evidencia de su vinculación con la empresa minera.

En el escenario anterior, la evaluación de la señal de alerta se había basado en la justificación para efectuar los retiros de los fondos de las cuentas bancarias; es decir ¿a quiénes y por qué se realizaban los importes? Se trató de un análisis de proveedores o de clientes que no estaban contemplados en la relación que se obtiene al aplicar el principio de los procesos de conozca a su cliente (entrevista, encuesta). Se basó en encontrar la razonabilidad del movimiento de fondos y la utilización de un producto bancario (el cheque). Cuántas veces, como parte de un análisis, se evalúa si los productos bancarios utilizados por el cliente guarda relación con su actividad económica. En la admisión o apertura de sus cuentas está la oportunidad de preguntar y evaluar pero en el transcurso de la relación comercial, ¿lo seguimos haciendo?

Como se observa, el dinero en efectivo para movilizar fondos provenientes de una actividad ilícita no se evidencia ser utilizado, pero sí las transferencias internacionales (sistema de comunicación interbancario denominado SWIFT), los cheques y ocasionalmente las transferencias internas entre los propios clientes. En otras palabras, el crimen organizado está utilizando a la propia banca comercial para sus fines. Es necesario que en las matrices de riesgos de lavado de activos se reevalúe el puntaje asignado a productos bancarios, que tradicionalmente son considerados como bajo riesgo.

Cumplimiento fallido

Pareciera que es muy fácil la formalización de los mineros auríferos, pero no es así. Las continuas prórrogas y la variación de las exigencias ha originado que las personas (en forma individual o en asociación) no cumplan con la ley. La última modificación estableció que el cumplimiento de los requisitos como la obtención de título minero (la concesión minera), el derecho sobre el terreno superficial, el instrumento de gestión ambiental, por ejemplo, se pueden presentar al final del proceso de formalización establecido por la norma. Dicho plazo se ha ido ampliando muchas veces a lo largo de los últimos 10 años, por lo tanto, el único requisito para que ellos puedan seguir operando es estar inscrito en la iniciación de dicho proceso, lo cual origina que escasas personas quieran cumplir con su formalización efectiva.

Conclusión

Se puede afirmar que la evaluación de un cliente dedicado a la minería debe incluir tanto el análisis de la relación con proveedores y clientes como de cualquier contraparte que sea detectado, para evaluar la razonabilidad del flujo del dinero. Esto es importante porque habitualmente nos centramos en el ingreso de fondos a las cuentas bancarias, prestándole poca atención a los egresos. Igualmente, se debe comparar la magnitud anual o proporcional (según el mes del análisis) del oro exportado por el cliente, con la magnitud del oro producido y registrado ante la autoridad. Las grandes desviaciones podrían alertar que se puede estar tratando de un cliente que trabaja con la minería ilegal, que obviamente, nunca registra su extracción. Evitando así que el regulador cuestione la metodología para realizar un análisis. Finalmente, revisar las matrices de riesgos, en lo que se refiere a la variable producto, se le está dando el puntaje adecuado.

Juan Botetano Villafuerte, CAMS, contador público y auditor tributario, especialista en ALD y Cumplimiento, Lima, Perú, guachpac@hotmail.com

  1. Víctor Torres Cuzcano, «Minería Ilegal e Informal en el Perú: Impacto socioeconómico», Cuadernos de CooperAcción numero 2, p. 12, https://cooperaccion.org.pe/wp-content/uploads/2015/10/Libro_Mineria_Ilegal,%20Victor%20Torres%20Cuzcano.pdf
  2. «La minería ilegal en Perú», Nueva Sociedad numero 263 mayo - junio 2016, https://nuso.org/articulo/la-mineria-ilegal-en-peru-entre-la-informalidad-y-el-delito/
  3. «Decreto legislativo que establece disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal», Comisión Nacional de Bienes Incautados, 9 de abril de 2012, https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-establece-disposiciones-para-el-proc-decreto-legislativo-n-1105-778570-2/
  4. Yvette Sierra Praeli, «Perú: empresas cuestionadas exportan oro de Madre de Dios a la India», Mongabay, 16 de julio de 2021, https://es.mongabay.com/2021/07/peru-empresas-cuestionadas-exportan-oro-a-la-india/; «Perú, el principal exportador de oro ilegal a Suiza», CooperAcción, 26 de junio de 2019, https://cooperaccion.org.pe/peru-el-principal-exportador-de-oro-ilegal-a-suiza/
  5. «INEI: Un 53,2% de peruanos está bancarizado», La República, 22 de junio de 2022, https://larepublica.pe/economia/2022/06/22/inei-un-532-de-peruanos-esta-bancarizado-sbs-inclusion-financiera
  6. «Ley que modifica los artículos 3, 5 y 7 del decreto supremo 150-2007-EF, texto único ordenado de la ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, y los artículos 16 y 192 del decreto legislativo 1053, ley general de aduanas», El Peruano, 21 de febrero de 2018, https://www.mef.gob.pe/es/por-instrumento/ley/17206-ley-n-30730/file
  7. «Conoce acerca de la Minería Ilegal o Informal en Puno, Perú», Casa Lima,  https://grupocasalima.com/blog/mineria/conoce-acerca-de-la-mineria-ilegal-o-informal-en-puno-peru/

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